Tras la demanda presentada por la Sección Sindical de CGT en Ayuda a Domicilio el Juzgado de lo Social número 6 de Murcia, en sentencia de 19 de octubre, demuestra y pone de manifiesto el impago de los gastos de desplazamiento en la empresa.
En la sentencia, dicho juzgado de lo social, reconoce tal y como viene recogido en Convenio Colectivo, los casos en los cuales la empresa Ayuda a Domicilio debe hacerse cargo de los gastos de desplazamiento de las trabajadoras y trabajadores que prestan sus servicios en mencionada empresa.